Luego del anuncio de la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, la ciudad se alista para otra cuarentena obligatoria, esta vez focalizada en siete localidades. La medida, que será escalonada y cubrirá a otras zonas en las próximas semanas, regirá entre el lunes 13 y el domingo 26 de julio con el fin de disminuir los índices de propagación del virus.
¿Cuáles son las ocho de Bogotá localidades que inician cuarentena este lunes 13 de julio?
De acuerdo al decreto 169 del julio 12 de 2020, las localidades con cuarentena obligatoria desde este lunes 13 de julio son las de Ciudad Bolívar, San Cristóbal, Rafael Uribe Uribe, Chapinero, Santa Fe, Usme, Los Mártires y Tunjuelito. Dicha medida irá hasta el 26 del mismo mes y solo se permitirá la realización de cinco actividades esenciales.
Para combatir los efectos negativos que traerá este nuevo periodo de confinamiento en la ciudad, la Alcaldía anunció que 550.000 familias vulnerables recibirán giro del Sistema 'Bogotá Solidaria en Casa', esto para garantizar una renta básica durante el pico de la pandemia. De acuerdo a Claudia López, el monto de este giro es de 240 mil pesos, que se realizará de manera conjunta entre Bogotá y la Nación.
"Adicionalmente y también de manera conjunta, se entregarán 150 mil mercados. Las familias de estas localidades que deseen acceder a este beneficio y no estén registradas en la base de datos, podrán hacerlo mediante la aplicación Bogotá Cuidadora", señaló la mandataria sobre las medidas para paliar el aislamiento.
Bogotá: ¿cuáles son las cinco excepciones que habrá en la cuarentena?
1. Abastecimiento y adquisición de alimentos, productos farmacéuticos, de salud, y de primera necesidad. Para su adquisición podrá desplazarse exclusivamente una sola persona por núcleo familiar.
2. Prestación de los servicios administrativos, operativos o profesionales de los servicios públicos y privados de salud.
3. Cuidado institucional o domiciliario de mayores, personas menores de 18 años, dependientes, enfermos, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, y de animales.
4. Orden público, seguridad general y atención sanitaria.
5. Atender asuntos de fuerza mayor o de extrema necesidad, circunstancias que deberán ser acreditadas en caso que la autoridad así lo requiera.